miércoles, 10 de agosto de 2016

¡Qué lío!

Compositor denuncia usurpan su nombre
Al público en general:  

Yo, Daniel Arias, autor del tema ´´POR QUE TE FUISTE DULCE AMOR´´,  declaro y aseguro que:  las declaraciones que aparecen en los medios de comunicación del país, relacionadas con  María Díaz  y la citada canción, que hablan sobre una demanda y requerimientos de dinero, no son mis declaraciones, por lo que nada de lo que se publica en ese texto es de mi responsabilidad.

Advierto que la persona que aparece en la foto, con la cabeza raspada, no es Daniel Arias, y sí un usurpador, robador o ladrón de identidad, a quien   pienso demandar para que declare quién le ordenó que haga lo que está haciendo, para que explique el objetivo de su mediocre y fabulador acto, acto que constituye un atentado a mi integridad y moral.

 Informo a todos que soy respetuoso de las personas, de los derechos, de las trayectorias de los artistas, como es el caso de María Díaz, por lo que no actúo de esa forma ni digo lo que se dice, ya que no bajo o desciendo  a esos  niveles.

Mis derechos los manejos con un criterio profesional, respetuoso, y los defiendo como debe de ser, pero sin agredir a personas ni faltarle el respeto.

Declaro que a la señora María Diaz no le estoy demandando ni demandaré, ni le cobraré ni un solo centavo, pero sí debo decir que ella, como muchos más que han grabado, que están explotando la obra musical, no tienen permiso, y con ello violan mis derechos, violan la ley sobre derecho de autor, y sobre este acto ilícito tengo derecho a tomar la decisión que entienda es razonable  y compense de alguna manera mis derechos.

POR TAL RAZON: EN EL DIA DE HOY, EN REUNION SOSTENIDA CON MIS ABOGADOS  Y LA SEÑORA MARIA DIAZ, LE COMUNIQUE QUE NO ME INTERESA NI UN CENTAVO DE ELLA, PERO QUE  ES  MI DECISION  QUE, A PARTIR DE ESE MOMENTO,  ELLA NO PUEDE NI PODRA UTILIZAR MAS ESA CANCION, NI TOCARLA EN FIESTA, NI SONARLA EN LA RADIO NI EN PRESENTACIONES DE TELEVISION. De no acatar mi decisión, mis abogados procederán por las vías correspndientes para que una orden judicial, emanada de un juez competente así lo ordene a todo medio de comunicación y personas o empresarios, lugares que la contraten.

Con cariño, de todos ustedes: DANIEL ARIAS

Autor del tema: POR QUE TE FUISTE DULCE AMOR.

12 comentarios:

  1. A cancionsita que ha dado afua que beber.

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  2. Aja amigo y entonces que es lo que usted quiere? si no quiere dinero ni que suenen la canción, no entiendo nadaaaaaaa.

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  3. La verdad que uno no sale del asombro, y piensa porque somos un país tercermundista pero y este carajo , porque no hablo los últimos 14 años que tiene ese disco que nadie le hacia caso, es que el no sabe que todas las canciones son de dominio publico y lo único que tienen que hacer es pagarle sus regalías por derecho de autor, mira loq ue le paso al chuape, desde que hago se pegue comienzan a salir todo el mundo.

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  4. De què Es que hablan?.....edùquenme!!!

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  5. ADAN: NO ES COMO DICES. TODAS LAS CANCIONES NO SON DE DOMINIO PUBLICO. SE PUEDE DENOMINAR DOMINIO PUBLICO CUANDO EL AUTOR DE UNA CANCION TENGA 70 AÑOS DE HABER DESAPARECIDO DE ESTE MUNDO. CUANDO MUERE EL AUTOR DE UNA OBRA MUSICAL, SI TIENE HEREDEROS, LOS DERECHOS SIGUEN PROTEGIDOS POR 70 AÑOS. AL TERMINO DE ESTE TIEMPO ES CUANDO LA OBRA PASA A DOMINIO PUBLICO. EN TANTO: DURANTE ESOS 70 AÑOS DESPUES DE MARCHAR DE ESTA TIERRA EL AUTOR DE UNA OBRA, AUNQUE ESA OBRA SEA DE CONOCIMIENTO PUBLICO (QUE ES DISTINTO), SE DEBE PEDIR PERMISO AL AUTOR, A SU TITULAR, PARA TODO USO COMERCIAL, TODO USO.QUIEN NO LO HAGA, SE EXPONE A RECLAMOS LEGALES CON TODO DERECHO DE PARTE DEL AUTOR O EL TITULAR AUTORIZADO. EL AUTOR PUEDE AUTORIZAR SU OBRA, DE MANERA GRATUITA O REMUNERADA.

    DE LA LEY 65-00:


    Art. 21.- Los derechos de autor corresponden al autor durante su vida y a su cónyuge, herederos y causahabientes por setenta años contados a partir de la muerte de aquél. En caso de colaboración debidamente establecida, el término de setenta años comienza a correr a partir de la muerte del último coautor.

    Si no hubiese cónyuge, herederos ni causahabientes del autor, la obra pasará al dominio público desde el fallecimiento de éste, DEL AUTOR. En los casos en que los derechos de autor fueren transmitidos por acto entre vivos, estos derechos corresponderán a los adquirientes durante la vida del autor y SETENTA años desde el fallecimiento de éste, y para los herederos, el resto del tiempo hasta completar los SETENTA años, sin perjuicio de lo que al respecto hubieren estipulado el autor de la obra y dichos adquirientes.

    DESPUES DE SETENTA AÑOS LA OBRA PUEDE SER UTILIZADA SIN AUTORIZACION, SIN REMUNERACION, PERO RESPETANDO LOS DERECHOS MORALES, LA INTEGRIDAD DE SU AUTOR: NO SE PUEDE MODIFICAR LA MELODIA, LAS LETRAS, ETC.

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    1. Frantoni Es cierto que el que escribe en mayùscula Es porque Lo tiene chiquito?

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    2. Que falta de respeto la tuya ex de la capo.

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    3. Tù tambièn 15:00?... Digo, no que tù eres otro irrespetuoso, Te pregunto si tù tambièn Lo tienes Chiquito?

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  6. Este y la dhermana si que son ridiculo,si entrevistan a uno, es decir a ella dice que el tama es de ella y si lo entrevistan a el dice que es de el, si no que lo escribieron los dos. aquien le creo. La tal Raquel lo quedebe hacer es seguir su camino en la iglesia y el seguir componiendo aver si pegan otro tema, pero mas nuevo pues este tiene unos 16 anos segunellos y deben darle gracias a maria Diaz por desempolvarlo y pegarlo de nuevo. sino quieren nada, ni dinero pues dque dejen que ella lo siga cantando, ya que ella en ningun momento ha negado el derecho a su autor, autoras o autores, porque ahora el merengue tiene muchos duenos. Repito maria les hizo un favor no sean tan mal agradesidos.

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  7. Busquen canciones de otro horizonte para que no tengan problemas en en nuestro pais señores, se supone que el mayor privilegio de un compositor es que le graben su obra, se la suenen y le paguen $$$. O es que quieren la vaca y la leche tambien ?

    Atte. El amigo del fiscal

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NIURKA BAEZ,
Moderadora de comentarios