viernes, 30 de septiembre de 2011



A propósito de "arrepentimiento"
Quien se arrepiente siente un hondo pesar por una falta cometida.
Todo arrepentimiento para que sea reconocido como realmente sincero debe ir acompañado del propósito de enmienda (resarcir, subsanar daños).
Confesar la falta, pedir perdón son los primeros pasos lógicos del realmente arrepentido.
El real arrepentido es humilde y busca de todas formas posibles de que sus actos no hieran a los afectados.
El real arrepentido acepta su condena y procura cumplirla como penitencia y castigo merecidos.
El real arrepentido no procura lastimar heridas reclamando para sí derechos cuando no tuvo misericordia con su víctima, un primito que confiaba totalmente en el.
Imposible creer en un real arrepentimiento de alguien que pretende desde la cárcel convertirse en columnista.
Cada petición, cada reclamo, (por más invocación al derecho que se haga) es una ofensa a la sensibilidad colectiva.
En su celda puede escribir cuanto quiera a pluma y papel, para luego publicar cuando cumpla su pena; pero no antes.
Si está realmente arrepentido, que actúe como tal.

Alpha

8 comentarios:

  1. Siguen los periodistas (?) y comunicadores (?) de pacotilla coartando la libertad de expresion... Nada mas me acuerdo cuando una jauria de recalcitrantes, muchos de ellos dique periodistas, asaltaron un hotel de la capital para impedir la puesta en circulacion de un libro.

    Voy a decirlo de otra forma para que se entienda mejor: Aqui, en Republica Macondiana, hay periodistas y comunicadores que promueven la violacion de la libertad de expresion. Oh Dios Santo!

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  2. Ese energumeno lo que aspira es, a que la ciudadanía tenga una imagen de que él es una persona buena que cometió un error y que el juéz encargado de dar la libertad condicional, tome en cuenta que ese desgraciao realmente ha cambiado. Ese estierco tiene que cumplir los 30 años completico, porque si hubiera sido en otros país hace rato que había cumplido la pena de muerte que se merece.

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  3. Tiguere eso lo dice Alpha por lo de Mario José Redondo Llenas, el confeso (fríamente narrado) asesino del niño Llenas Aybar, su primito hermano, un niño de 12 años asesinado por uno de 19 y ayudado por otro de 19 y quien sabe quienes mas (se cree que los Palma Meccía).

    Eso no se puede permitir, porque el despeñadero moral que vivimos es atroz y hay que frenarlo.

    Yo creo, y lo sigo creyendo que un hombre que busque la excitación en pecados que vayan mas allá de la simple pornografía (sin muchas variaciones), una que otra película de Terror u Horror, y otras grotesquedades de ficción (que sean Pura ficción); debe estar enfermo de alguna forma.

    El hecho de que de hace unos 25 años acá en la modernidad que tenemos, por conseguir los biene$tares que muchos ostentan se hayan desprovisto de símbolos, libertades y se hayan manchado de sangre el alma y las manosr en su psiquis y en su ser cohabita un deseo de destrucción de insatisfacción, un morbo que lo da el perder la buena consciencia y tranquilidad que saborearon algún dia pasado y ya no la tienen.

    Hablo de políticos, militares, empresarios, periodistas que de alguna forma han cambiado su forma de vida de una forma drástica y no con un progreso honrado y sostenido.

    Esos teneres comienzan un vacío existencial que no se llena y se combina con carencias de infancia o frustraciones de la vida simple.

    Veo eso a diario y la insatisfacción crece con el pasar de los dias.

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  4. Impresionante tu punto de vista, yo pensaba que el negarle publicar sus escritos era una violacion a la libertad de expresion pero viendolo asi lo grave no es que se le cohiba lo grave es que el pretenda actuar como si nada paso, totalmente de acuerdo si estuviera verdaderamente arrepentido estaria dispuesto a pagar su condena callado y tranquilo, cada pataleo es un dano que se hace a si mismo

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  5. Pobre Dios usado como firma para sustentar la falta de lectura comprensiva. Es una carta Don (?)anónimo 18:00 y la envié yo, Alpha y Joseph reconociendo la libertad de expresión la publicó.

    Te lo diré así para que lo entiendas mejor: Aquí, en este blog "Josephniano" el dueño promovió la libertad de expresión publicando mi carta.

    Y reitero, el joven puede escribir cuanto quiera a pluma y papel; y luego al cumplir su pena, y quedar en LIBERTAD, puede buscar la editorial que le interese publicarle sus libros. Ya sabemos que tiene al menos un comprador.

    Libertad es una palabra muy hermosa.

    Alpha

    Nota: NO estoy de acuerdo con la acción de su "jauría", pero ello no me impide reconocer que con la herida aún abierta de la era de Trujillo, quienes organizaron esa puesta en circulación o lo hicieron fríamente calculado para provocar lo que provocaron o evidenciaron una total falta de escrúpulos y sentido común. Esa puesta en circulación era totalmente innecesaria para la difusión de ese libro, por lo que me inclino más por la provocación.

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  6. Soy el anonimo 18:00. No estoy para nada a favor de Mario Jose, tampoco a favor de Trujillo. Lo que estoy a favor es del imperio de la ley, y si, incluso los asesinos merecen que se les respeten sus derechos (por eso ya no existe la picota ni la hoguera).
    Si no se quiere que ese joven publique en un blog, hagan una ley que lo impida. Si no quieren que salga bajo libertad condicional, hagan otra ley que tambien lo impida. Pero recuerden el principio constitucional: Nadie puede prohibir lo que la ley no prohibe.

    Eso de cambiar la ley no deberia ser tan dificil. En estados unidos, que tanto idolatramos, se dio el caso de que cuando David Berkowitz, el supuesto asesino en serie "Hijo de Sam" iba a publicar un libro desde la carcel y a recibir dinero de una editorial, alla cambiaron la ley para impedir que un condenado reciba beneficios en casos semejantes.

    Repito, cambien la ley. Pero hasta que no lo hagan, respeten la que tenemos.

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  7. Gracias a los anónimos 21:51, 22:34 y 03:44 por sus exposiciones.

    Alpha

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  8. Todo ciudadano tiene derecho a: (creo que esto explica los derechos del preso)
    -Que su privación de libertad sea por una sentencia.
    -Que se le respete la vida.
    -A no recibir ninguna pena o vejación que implique perder o ver disminuida su integridad física o su salud.
    -A no ser trasladado sin orden escrita y motivada por la autoridad judicial competente.
    -A no ser juzgado dos veces por una misma causa.
    -A no ser obligado a declarar contra sí mismo.
    Todo esto y más lo establece la constitución en su "TÍTULO II, Sección I: De los Derechos Individuales y Sociales".

    PRIVACIÓN DE LIBERTAD.
    Cuando usted es sentenciado ¿que pierde?, ¿que es "ser privado de su LIBERTAD"?.
    ¿Es simplemente el confinamiento?. Creo que es más que obvio que no, pues entonces la constitución y las leyes dirían sencillamente que todo condenado cumplirá X tiempo de confinamiento sin mencionar nunca "privado de su libertad".
    Creo que las personas privadas de su libertad tienen todo prohibido, salvo aquello que expresamente la ley les permita o contemple como sus derechos, y que ya enumeré. Por lo tanto la libertad de expresión publica no puede ser ejercida por ellos, como tampoco pueden ejercer las demás libertades consignadas en la constitución.
    ¿Tener celulares? NO. ¿Tener laptops, PC, etc.? NO. ¿Tener TV? NO

    ¿Ustedes se imaginan que empiecen a solicitar su supuesto "derecho" a:
    -La inviolabilidad de domicilio. (que no les revisen sus celdas, al menos sin previo aviso).
    -La libertad de tránsito. (Poder salir cuando deseen).
    -Que no les violen la correspondencia. (Que puedan recibir y enviar cuanto quieran sin inspección).
    -La libertad de trabajo. (Que puedan hacer cualquier tipo de trabajo remunerado y montar su oficina).
    -La libertad de empresa. (Montar negocios y comercializar abiertamente extramuros,-sabemos que tienen negocios dentro, pero todo dentro de la informalidad y la permisibilidad de lo indebido, no un derecho).
    -El derecho de propiedad. (Ya sabemos que las camas se venden y alquilan como una aberración del sistema, pero no que se reclame como un derecho, ¿verdad?.

    "Sección II, De la Ciudadanía, Artículo 15.- Los derechos de ciudadania quedan suspendidos en los casos de: 1. condenación irrevocable a pena criminal, hasta la rehabilitación." Menciono esto adelantandome por si algún preso se le ocurre aspirar a cargo publico alegando que es su derecho.

    El imperio de la ley según su interpretación "anónimo 18:00" dice:
    -Que si el quiere salir en libertad condicional solo tiene que hacer la solicitud y automaticamente ya está libre. (Pues le explico. El tiene derecho a solicitarla y el de las autoridades a negársela o aceptársela).

    En mi interpretación de todo esto el preso entra en un régimen de privación donde la ley estipula lo que si le es permitido o sus derechos de preso. Por lo tanto la máxima "Nadie puede prohibir lo que la ley no prohibe" o "Todo lo que no está prohibido está permitido" no es aplicable a quienes no gozan de LIBERTAD.

    Alpha

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