sábado, 10 de febrero de 2018

Félix Cabrera acusa a Ricardo Arjona de abuso de confianza

El empresario artístico Félix Cabrera, presidente de la empresa Latin Events LLC se querelló este viernes ante la Fiscalía del Distrito Nacional, contra el cantante y compositor guatemalteco Ricardo Arjona, así como a su representante Luis Montes de Oca de incumplimiento de contrato en la República Dominicana.

Cabrera, quien tiene una trayectoria de 30 años en el negocio del entretenimiento, alegó ante la Procuraduría del Distrito Nacional que el artista violentó un acuerdo suscrito entre ellos en 2015 para la realización en el Palacio de los Deportes de cinco conciertos, dos de los cuales debieron ser suspendidos debido a un fenómeno atmosférico que afectó al país.

La empresa Latin Events LLC, con sede en la ciudad de Nueva York, representada legalmente por los abogados, el doctor Julio Cury y el licenciado Jonathan A. Peralta P.  denunció ante el Ministerio Público que el artista y su representante violentaron el artículo 408 del Código Penal que tipifica y sanciona el delito de abuso de confianza, lo cual le ha ocasionado daños al empresario Félix Cabrera.

El escrito depositado ante la Fiscalía del Distrito Nacional establece en el tercer párrafo: “ El querellante, en fecha 13 de junio y 22 de junio de 2015, contrató aparentemente de buena fe con el señor Ricardo Arjona y Luis Montes de Oca, y la persona moral de Latin Talent Productions, la celebración de un total de diez eventos a celebrarse en territorio de los Estados Unidos de Norteamérica, los cuales se ejecutaron”. 

El documento refiere: “En este escenario de negociación, también resultó atractivo contratar para realizar presentaciones en la República Dominicana, a tale fines en fecha de 25 de agosto de 2015 se materializó una negociación que se había pautada para que el artista, realizara un total de cinco presentaciones en la República Dominicana. Se fijo el siguiente calendario: agosto 22, 23, 28 y 29 de 2015 en el Palacio de los Deportes. Para la celebración de dichos conciertos se estableció un precio de un millón trescientos mil dólares, lo que al ser dividido por las presentaciones daría un costo por cada una de trescientos veinticinco mil dólares norteamericanos”.

Los abogados expresaron que el paso de la tormenta Erika motivó la suspensión de los conciertos pendientes y se acordó con el artista y sus representante que los mismos serían reprogramados en virtud de que los mismos habían sido pagados según el contrato entre las partes.

“El señor Félix Cabrera acude a por ante la Justicia dominicana debido que en más de una ocasión ha establecido contacto con sus representantes para que Ricardo Arjona cumpla con el contrato, sin que hasta la fecha se haya logrado nada. Muy por el contrario,  éste decidió venir a la República Dominicana para una actuación este 10 de febrero en Estadio Quisqueya, incumpliendo un acuerdo”, manifestó el jurista Julio Cury.

Agregó que en diversas ocasiones, el señor Félix Cabrera ha conversado con el hijo del artista y su representante para saber cuándo y cómo se repondría dicha presentación, lo que evidente no ha sido posible, pues alega que “su agenda está ocupada”. “Hasta el momento, empresario Félix Cabrera entendió razonable dichas explicaciones, hasta que tuvo que enterarse por los medios de comunicación masiva que Ricardo Arjona prestaría un concierto en el país, situación que le ocasión mayores incertidumbre de que cumpliera con el acuerdo”, refirió Cury.

Julio Cury explicó que su cliente posee documentos que avalan sus reclamos los cuales serán llevados cuando se inicie el proceso jucialal contra el artista, quien ya ha confrontado otros problemas de violación de contrato internacionales, siendo el de Argentina uno de los más recientes, lugar en donde sus equipos fueron ocupados.

Félix Cabrera solicitó a través de sus abogados que se declare admisible la querella en constitución en actor civil contra los imputados en el entendido de que existen elementos que prueban la violación del articulo 408 del Código Penal Dominicano que tipifica el delito de abuso de confianza. “Segundo, procede al inicio de la investigación y a la práctica de las diligencia preliminares de lugar, a los fines de recolectar las pruebas legales a cargo y a descargo suficiente a que permitan someter a juicio a los imputados mediante al presentación de una acusación o adaptar el requerimiento conclusivo que se entienda procedente”.



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