sábado, 21 de septiembre de 2024

 


1 comentario:

  1. Que le cobren el derecho de autor, porque es una infragrancia tocar música que le pertenece a otro. En el inciso A apartado C de la ley mencionada lo detalla literalmente. No más detalle Sr. Magistrado, he dicho: Caso cerrado. Ah se olvidaba: No hay retroactivo, ni peros que valgan ante el plagio y semejanza engañosa.

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NIURKA BAEZ,
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