miércoles, 4 de febrero de 2026


El caso del peruano acusado por una falsa amenaza de bomba en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) el pasado 6 de enero de 2026 se suma a una corta lista de procesos por terrorismo en el país, donde ya existe un precedente de condena de hasta 35 años de prisión.

El primer hecho condenado como acto terrorista ocurrió tras un atentado registrado el 27 de octubre de 2014 en la Línea 2 del Metro de Santo Domingo.


Ese día, alrededor de las 8:30 de la mañana, cerca de las estaciones Ramón Cáceres y Mauricio Báez, Frank Kelin Holguín Medina prendió fuego a una mochila con material inflamable dentro de un vagón, provocando quemaduras a siete personas, dos de ellas de gravedad, y más de una decena de heridos indirectos por daños colaterales.


En marzo de 2016, el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Holguín Medina a 35 años de prisión por violar la Ley 267-08 sobre Terrorismo, convirtiéndose en el primer dominicano sentenciado bajo esta normativa.


Además, fue condenado al pago de más de 241 mil euros a la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) por los daños a uno de los vagones, así como indemnizaciones millonarias a varias de las víctimas.


Falsa amenaza de bomba

El Ministerio Público acusó formalmente por terrorismo a Ángel del Pino Cuya, también identificado como Ricardo Casas, de nacionalidad peruana, por realizar una falsa amenaza de bomba que obligó a activar los protocolos de seguridad nacional en el AILA.8


El órgano persecutor solicitó prisión preventiva y la declaratoria de complejidad del proceso, alegando la gravedad de los hechos, el impacto generado en la seguridad del Estado, peligro de fuga, riesgo de obstrucción del proceso y una alta probabilidad de reiteración delictiva.


Según la solicitud de medida de coerción, el imputado realizó una llamada telefónica en la que alertó sobre la supuesta existencia de un artefacto explosivo a bordo del vuelo CM299 de Copa Airlines, con destino a Panamá, cuando la aeronave ya se encontraba en pleno trayecto.


El órgano persecutor solicitó prisión preventiva y la declaratoria de complejidad del proceso, alegando la gravedad de los hechos, el impacto generado en la seguridad del Estado, peligro de fuga, riesgo de obstrucción del proceso y una alta probabilidad de reiteración delictiva.


Según la solicitud de medida de coerción, el imputado realizó una llamada telefónica en la que alertó sobre la supuesta existencia de un artefacto explosivo a bordo del vuelo CM299 de Copa Airlines, con destino a Panamá, cuando la aeronave ya se encontraba en pleno trayecto.


La información fue canalizada a través del centro de atención de la empresa concesionaria del aeropuerto, lo que activó de inmediato los protocolos de emergencia establecidos para este tipo de amenazas.

El expediente señala que, al momento de realizar la llamada, Del Pino Cuya se identificó como gerente de un restaurante y afirmó inicialmente que la información le había sido suministrada por un familiar. Luego cambió su versión y aseguró que fue un amigo de la familia quien le comunicó la supuesta alerta. Durante la llamada también dijo que era una persona procedente de Francia.


Retorno forzoso y paralización aérea

La falsa alarma provocó el retorno forzoso del avión, la evacuación controlada de los pasajeros, la inspección total de la aeronave y del equipaje, así como la suspensión temporal de las operaciones aéreas. Varios vuelos fueron desviados hacia Punta Cana y Santiago de los Caballeros.


En el operativo participaron el Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (Cesac), la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), organismos militares y otras agencias de seguridad del Estado.

El Ministerio Público establece que el incidente generó una paralización aproximada de tres horas de las operaciones en el AILA, además de pérdidas económicas, alteraciones logísticas y un despliegue extraordinario de recursos humanos y técnicos.


No había explosivo, pero sí terrorismo

Aunque no se encontró ningún artefacto explosivo, el órgano acusador sostiene que la conducta imputada encaja en el tipo penal de terrorismo, al tratarse de una acción deliberada destinada a generar pánico colectivo, alterar el orden público y afectar un servicio estratégico esencial como la aviación civil.


La acusación subraya que el solo anuncio de una amenaza de esta naturaleza es suficiente para poner en riesgo vidas humanas y comprometer la seguridad nacional.


Tras concluir los protocolos de seguridad, el vuelo CM299 logró despegar hacia Panamá alrededor de las 7:16 de la noche, aunque 19 pasajeros decidieron no abordar la aeronave luego del incidente.


En prisión

El imputado se encuentra detenido en la cárcel preventiva de San Luis. La audiencia fue fijada para este jueves 5 de febrero en el Palacio de Justicia de Santo Domingo Este.


El Ministerio Público estableció una calificación jurídica provisional por presunta violación a los artículos 3, inciso 1, literal e; 63 y 78 de la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil, así como a los artículos 11 y 30 de la Ley 267-08 sobre Terrorismo, en perjuicio del Estado dominicano.


De ser hallado culpable, Del Pino Cuya podría enfrentar una pena de entre 30 y 40 años de prisión, la máxima pena contemplada por la ley del país para este tipo de ataques o interferencias en aeropuertos.


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