La Cámara Unipersonal de Primera Instancia de este Distrito Judicial
suspendió hoy el recurso de amparo incoado por el cantante urbano Manuel
Varet Martes (Vakeró) debido a que la jueza Miguelina Mendoza fue
recusada.
El incidente se produjo luego de que el abogado de la defensa, Manuel Moquete, pidiera al coordinador del Centro Correccional, Ismael Paniagua, que leyera un documento, que establecía que un tribunal había sido apoderado de un recurso de amparo que pretendía evitar que se le recortara el pelo a Vakeró.
Ante la solicitud del abogado de la defensa, tanto la abogada del Centro de Corrección, Margarita Mena, como los representantes del Ministerio Público, procedieron a recusar a la juez alegando que estaba parcializada.
De inmediato, la magistrada procedió a acoger la petición y a suspender la audiencia hasta tanto la corte de apelación conozca la acusación.
En la continuación del recurso de amparo que, pretendía escuchar la versión del coordinador general de los Centros Correccionales del ámbito nacional, ya que el director interino, Aarón Garit, alega que recibió órdenes superiores para cortar el pelo del artista.
De su lado, el abogado de la defensa, dijo que con la lectura del documento pretendía demostrar que el reglamento interno del Centro Penitenciario no está por encima de un tribunal ni de la constitución de la República.
Los representantes del Ministerio Público, doctores Edwin Encarnación y Santos Bastardo, se opusieron en todo momento a la lectura del documento alegando que no procedía hacerlo en ese juicio pero la juez ordenó que el mismo fuera leído lo que provocó el incidente que produjo la suspensión de la audiencia.
A la audiencia asistieron familiares, amigos y relacionados del cantante Vakeró, quien una vez se produjo la suspensión de la audiencia fue regresado al Centro de Corrección y Rehabilitación de esta ciudad.
(Listín Diario)
El incidente se produjo luego de que el abogado de la defensa, Manuel Moquete, pidiera al coordinador del Centro Correccional, Ismael Paniagua, que leyera un documento, que establecía que un tribunal había sido apoderado de un recurso de amparo que pretendía evitar que se le recortara el pelo a Vakeró.
Ante la solicitud del abogado de la defensa, tanto la abogada del Centro de Corrección, Margarita Mena, como los representantes del Ministerio Público, procedieron a recusar a la juez alegando que estaba parcializada.
De inmediato, la magistrada procedió a acoger la petición y a suspender la audiencia hasta tanto la corte de apelación conozca la acusación.
En la continuación del recurso de amparo que, pretendía escuchar la versión del coordinador general de los Centros Correccionales del ámbito nacional, ya que el director interino, Aarón Garit, alega que recibió órdenes superiores para cortar el pelo del artista.
De su lado, el abogado de la defensa, dijo que con la lectura del documento pretendía demostrar que el reglamento interno del Centro Penitenciario no está por encima de un tribunal ni de la constitución de la República.
Los representantes del Ministerio Público, doctores Edwin Encarnación y Santos Bastardo, se opusieron en todo momento a la lectura del documento alegando que no procedía hacerlo en ese juicio pero la juez ordenó que el mismo fuera leído lo que provocó el incidente que produjo la suspensión de la audiencia.
A la audiencia asistieron familiares, amigos y relacionados del cantante Vakeró, quien una vez se produjo la suspensión de la audiencia fue regresado al Centro de Corrección y Rehabilitación de esta ciudad.
(Listín Diario)
Pero creo que no estoy entendiendo. Pregunto y que alguien entendido me conteste, por favor: ¿El problema de este “artista” es porque le quitaron las trenzas postizas o por que alegadamente golpeó a su esposa? Porque se habla de todo, menos de la supuesta golpiza y maltrato psicológico. ¿Qué sucede?
ResponderEliminarvoy a dar un ejemplo para ver si entiende: porque tu tenga una casa, tu vas a consumir droga y a vender.
ResponderEliminarEn la constitucion de este pais, en ningun parte dice que a los interno de una carcel hay que cortarle el pelo.
las reglas de una carcel no estan por encima de la CONSTITUCION
ESPERO QUE HAYA ENTENDIDO
Y en que articulo la constitucion dice que no le corten el pelo a vakero?
EliminarVakero, ola ke ase? ke piensa ?
ResponderEliminarcomo al principio de las leyes del universo, se fueron implementando poco a poco y en consenso no como una dictadura
ResponderEliminarcomo la constitucion no habla de corte de pelo, el mas calificado para decidir si cortar el pelo o no era un juez. porque estos funcionario de carceles y los ficales no hacen nada sino lo dictamina un JUEZ
jajajaja el anonimo ya no va a ser dique "Ola ke ase" con vakero sera "ola ke piensa" jajajaja tu va a ve orita en twitter el coro jajajaj
ResponderEliminarsr. Ramón Feliciano, lo que denoto es que al parecer se le ha dado más importancia a las trenzas postizas (creo) del “artista” que la causa de su encarcelamiento. O sea, causa de encarcelamiento: alegada golpiza física y psicológica a su esposa. Consecuencia de encarcelamiento: Corte de trenzas. Connotación: corte de trenzas. Ah, y por encima de la Constitución aquí se han hecho cosas peores que cortarle el pelo a un interno.
ResponderEliminarESPERO, SEA USTED EL QUE HAYA ENTENDIDO