viernes, 8 de agosto de 2014

Fiscal que llevó el caso de Mozart la Para, debe de ser sancionado por el Consejo 
Superior del Ministerio Público
Por: Enrique Santelises / Abogado

Las autoridades del Ministerio Público (MP) en persona del Magistrado Procurador Fiscal “Marco Rosario”, de la Fiscalía de la Provincia Santo Domingo, justificó su negligencia en base a lo que estipula el Art,31 de la Ley 76-02 que crea el Código Procesal Penal Dominicano (CPP) donde se refiere a la “Acción Pública a Instancia Privada”

Lo que ese artículo quiere decir es que, cuando el ejercicio de la acción pública dependa de una instancia privada, el Ministerio Público sólo está autorizado a ejercerla con la presentación de dicha instancia y mientras ella se mantenga. Situación que si se cumplió, porque Mozart La Para presentó dicha instancia en fecha 06 de Agosto del 2012, y nunca la retiró.

La disposición legal en la cual la Fiscalía de la Provincia Santo Domingo justifica su dictamen de archivo, no hace una especificación directa entre los artículos 262 y 267 del código procesal penal. El artículo 31 es claro cuando establece la instancia privada se produce con la “Denuncia” o la Querella, entiéndase, Art 262 ó 267.

Pero me voy más lejos, el representante del Ministerio Público pasó por alto el Art. 29 del Código Procesal Penal donde se habla claramente sobre “El ejercicio de la acción penal”, cuando se refiere que la acción penal puede ser pública o privada.

A través de un comunicado la Fiscalía aseguró que al cumplirse el plazo de las 48 horas establecidas por ley para solicitar la medida de coerción y ante la falta del querellante, por tratarse de Robo de Identidad, tipificado por el Art. 17 de la Ley 53-07, el cual es un delito de acción pública a instancia privada, el fiscal entregó a Castillo (Uno de los abogados del artista) hasta que el querellante se presentara para continuar el caso.

A lo que yo le hago las siguientes observaciones al distinguido Magistrado Procurador Fiscal:

  1. El abogado del artista, no estaba pintado ni de lujo, mediante el depósito de un Poder notarial legalizado por el Estado dominicano a través de la Procuraduría General de la República, el artista hace formal comparecencia a través de su abogado.
  2. No es verdad que eso se trata de una acción pública a instancia privada, cabe recordar que el artista no solamente denunció una violación al Art. 17 de la Ley 53-07, si no también denunció extorsión a mujeres. Art 400 del código penal dominicano, lo cual es de acción pública. Art 30 Ley 76-02.
  3. El Ministerio Público una vez más envía una mala señal a la ciudadanía, esta vez a través del Magistrado Procurador Fiscal “Marco Rosario”

Por esas y muchas razones más yo soy de lo que sostengo que a dicho representante del MP debería de ser sometido al Consejo Superior del Ministerio Público. Esto me recuerda al caso que yo estaba llevando de la bailarina que El CATA intentó violar en el 2013. cuando en la Fiscalía me dijeron que hasta que ella no sea violada, ellos no pueden hacer nada.

9 comentarios:

  1. QUE LO TRANQUEN A SANTELISES, DIOS MIO QUE ESPERPENTO DE ABOGADO...digital spy.

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  2. Asco da este dizque abogado. Solo quiere buscar sonido.

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  3. Esa es una forma de que ese abogado anuncie sus servicios?, seria mejor que ponga un anuncio en esta pagina y que diga cuales son los servicios juridicos que el ofrece con su respectiva direccion, telefono,correo electronico, etc, asi se ve mas elegante.

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  4. Que pobres los comentarios del Spy y los siguientes 2 anónimos que critican la correcta queja del abogado. Oh ya se le olvidó lo que hace el Ministerio Público con las quejas de mujeres ante ex-parejas que luego son asesinadas? Aunque, entiendo el quille por los comentarios fuera de lugar ante El Cata. RB

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    1. Anónimo, porque te escondes... ese abogaducho solo desciende a las lacras de la tv o medios...

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  5. El anonimo 20:03 es el abogado Santelises, al menos pon tu nombre, no seas picapleito, yo prefiero pagarle mucho dinero a un buen abogado de verdad y no buscar a este aunque no me cobre un centavo.

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  6. Para todos los anonimos, lo primero es que no tienen el valor de publucar sus nombres, segundo cada quien se especialisa en lo que quiere y el se dedica a defender a quien quiere defender, pero ustedes no saben mas que insultar a quien se mato estudiando no sean tan ignorantes .

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  7. este abogaducho se le ve que deja el caño y la roda de baba cuando duerme , con esa boca to detelenga jajaja

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  8. Ese no es otro KENTON!

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NIURKA BAEZ,
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