Potentini fomenta la anarquía en los medios de comunicación
Por Armando Olivero
La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) rechazó las pretensiones de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR), de suspender en sus labores a los comunicadores que no posean un carnet que los acredite como locutores profesionales.
Según Trajano Potentini quien preside la FJT, este tipo de medida violaría la Constitución y atentaría contra el derecho al trabajo, el derecho a la libertad de empresa.
También sostuvo que se violaría la libertad de expresión y difusión del pensamiento, derechos que están consagrados con categoría de fundamentales en los artículos 62, 50 y 49 del texto constitucional, por lo que someterá en contra de Espectáculos Públicos un Amparo Preventivo por la amenaza de violar disposiciones legales, constitucionales y varios tratados internacionales.
Debemos recordar a este ilustre abogado que además de manipular el sentido jurídico real de los artículos que cita, nuestra Constitución es un amparo legal de todos los dominicanos, cuya interpretación debería estar encaminada a generar efectos justos que beneficien a todos los sectores de la nación según el artículo 74 de nuestra Carta Sustantiva.
Es de muy mala leche reclamar derechos al margen de los deberes ciudadanos. Si bien nuestra Carta Magna es garantista de Derechos Fundamentales, también exige y obliga a cada ciudadano a someterse a sus deberes constitucionales.
El sometimiento que Potentini esta maquinando carece de sustento legal, porque quiérase o no, la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía además de estar avalada por el Estado, tiene como propósito evitar que en la República Dominicana se lleven a cabo espectáculos públicos y emisiones radiofónicas que ofendan la moral y las buenas costumbres del pueblo dominicano, además de estar autorizada legalmente a dictar cualquier medida de organización que no esté prevista en el Reglamento 824, el cual hoy está vigente.
Si bien el artículo 49 de nuestra Constitución proclama que, “toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”; no menos cierto es que la misma, finaliza este articulo ordenando deberes: “El disfrute de estas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas, en especial la protección de la juventud y de la infancia, de conformidad con la ley y el orden público”.
Respecto al artículo 50 que dispone la libertad de empresa, la misma Carta Magna manda a que esta libertad sea regulada por ley, además en si misma dice en el numeral 1: “El Estado adoptará las medidas que fueren necesarias para evitar los efectos nocivos y restrictivos del monopolio y del abuso de posición dominante, estableciendo por ley excepciones para los casos de la seguridad nacional.
El artículo 62, que trata sobre el Derecho al trabajo, dice que nadie puede impedir el trabajo de los demás ni obligarles a trabajar contra su voluntad.
Así es, si el Estado me otorgo la licencia de conducir, o me acredito un certificado o un documento que me hace titular de una profesión, nadie puede impedir que ejerza mi oficio. Por tanto, el Estado a través de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR), es quien regula el trabajo de locución en todo el territorio nacional, lo que no viola derechos fundamentales o constitucionales, sino mas bien, lo regula. O acaso, regular una actividad humana viola la Constitución y la ley?.
Para ejercer esta profesión, cada país tiene sus propias normas jurídicas que le dan carácter responsable y respetable.
En Guatemala por ejemplo, toda persona que habla por radio debe tener licencia del Ministerio de Comunicaciones o permiso del mismo, en forma temporal o transitoria. Los locutores extranjeros que lleguen a trabajar a su país deben obtener un permiso y no pueden ser locutores comerciales ni locutores de noticias. Solo comentaristas, animadores, actores.
Cada locutor debe identificarse en sus actuaciones con nombre y numero de licencia, el Ministerio de Comunicaciones prohíbe la actuación de personas que no este acreditada y no tengan licencia.
Volviendo a nuestro país, recordemos que la libertad de expresión u opinión es un derecho de todos los dominicanos, pues la constitución y la ley permite expresar nuestras ideas y pensamientos en cualquier medio, sin embargo no debe ser así para una persona que trabaje o tenga a su cargo el dominio absoluto de un micrófono en una estación de radio o televisión. Pues un profesional de la comunicación o un locutor debe estar acreditado como tal por el estado. Ahora, de los tribunales acoger el adefesio jurídico de la FJT, deberíamos cerrar las escuelas de comunicación y de locución en todo el territorio nacional, porque de nada servirían.
La paz y el amor de Dios sea contigo hoy y siempre.
Jesús dice: “Nadie puede venir a mí a menos que me lo traiga el Padre, que me envió”.
Mientras no cocechemos conciencia de cultivar nuestros deberes, seguiremos propulsando descabelladas acciones en base a nuestros derechos. En definitva el pais hay que soltarlo en banda. Identificarnos como una jungla luce ser lo mas atactivo.
ResponderEliminarUn amigo mio una vez se volvio loco porque amarro la visa americana despues de mas de 6 intentos. Creyendo alla es un pais mananero, se puso a manejar tan solo teniendo el permisode conducir de Rep. Dominicana, asesorado por paisanos que les dijeron que con eso bastaba. Le echaron mano en Filadelfia y eso fue suficiente para que le revocaran la visa.
Es que para que haya orden, debe haber normas; amen de que se pellizquen derechos fundamentales.
Si FJT logra su objetivo, entonces no se podra perseguir al que maneja sin permiso de conducir
No se podra perseguiy y/o castigar al que le sorprenden con drogas encima para su consumo, porque esa persona esta haciendo con su cuerpo lo que quiera.
No se podra encausar persona por un hecho de sangre, porque tiene derecho a defenderse y su accionar resulto algiuen muerto
No se podra castigar al corrupto (aunque es quimerico eso), porque el esta trabajando y no es delito que El o Ella sean miel para el dinero.
No se podra multar a aquellos que usan las aceras para estacionar vehiculos de diferentes cilidrajes, porque ellos tienen derecho a usar la via publica.
Tampoco veo bien que se aprese a quienes son sorprendidos en lanchas o yolas en aguas criollas supuestamente con intencion de llegar a PR, porque ellos tienen derecho a darse unpasito por costas criollas.
Sera imprudente multar a quien sea sorprendido a alta velocidad manajando, porque ese carro es de El o Ella y le mete el acelerador hasta donde mejor le guste.
no tiene sentido que una parsona se pele los ojos estudiando leyes, porque es su derecho subir a estrado a defender quien mejor le parezca
Igual va con los medicos, no sera necesario estudiar medicina y acreditarse, porque esa persona tiene derecho a ejercer lo que aprendio sin que nadie lo regule.
habra que eliminar la palabra Asociacion de Malhechores de la constitucion, porque la carta magna permite que usted se junte con quien quiera, y hacer lo que le venga en gana...
No se podra multar a los agiotistas comerciantes, porque ellos estan en el libre derecho de hacer de su negocio lo que quieran
tampoco se podra demandar controles de calidad, porque nadie puede imponerselos, ya que con eso se viola el derecho de usar su idea como mejor le venga.
Y a donde vamos a llegar?
Señores por algun lado hay que empesar a poner el rancho en orden. Y FJT no creo que quiera mucha transparencia, mas bien quiere lo opuesto. Las cosas deben ser reguladas. Usted quiere hablar por un medio de comunicacion? Cumpla con las reglas. Porque en este mundo hay reglas para todo. Antes el mundo estaba manga por hombro, y Jesus vino a darle vida a la LEY de moises.
Heltho Lette
Yo opino que el tal trajano potentini y su tal fundacion, lo que hacen es joder demasiado el parto quieriendo brillar y buscar sonido en cualquier vaina que sale a la luz publica y es hasta cierto punto controversial, le gusta pescar en rio revuelto,dizque procurando justicia y transparencia, pero no es mas que luchar por no se sabe cuales intereses particulares, al igual que lo hace el de la FINJUS el tal servio tulio que solo le falta que lo nombren jefe de la policia o cualquier otro cargo publico, diablo cuanta gente busca sonido !!
ResponderEliminarPD: Al señor armando olivero mejor no hubiera quedado su escrito sobre el tema. Le felicito.
La constitución establece tus deberes pero no designa a nadie para dar carnet ni ser el juez de esos deberes. Por mas palabritas adornadas que escribamos la cnepr violaria la constitución si logra su cometido,
ResponderEliminarMe gustaría si a Alvaro Arvelo Hijo le van a exigir su carnet para hablar en radio.
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