ADAN: NO ES COMO DICES. TODAS LAS CANCIONES NO SON DE DOMINIO PUBLICO. SE PUEDE DENOMINAR DOMINIO PUBLICO CUANDO EL AUTOR DE UNA CANCION TENGA 70 AÑOS DE HABER DESAPARECIDO DE ESTE MUNDO. CUANDO MUERE EL AUTOR DE UNA OBRA MUSICAL, SI TIENE HEREDEROS, LOS DERECHOS SIGUEN PROTEGIDOS POR 70 AÑOS. AL TERMINO DE ESTE TIEMPO ES CUANDO LA OBRA PASA A DOMINIO PUBLICO. EN TANTO: DURANTE ESOS 70 AÑOS DESPUES DE MARCHAR DE ESTA TIERRA EL AUTOR DE UNA OBRA, AUNQUE ESA OBRA SEA DE CONOCIMIENTO PUBLICO (QUE ES DISTINTO), SE DEBE PEDIR PERMISO AL AUTOR, A SU TITULAR, PARA TODO USO COMERCIAL, TODO USO.QUIEN NO LO HAGA, SE EXPONE A RECLAMOS LEGALES CON TODO DERECHO DE PARTE DEL AUTOR O EL TITULAR AUTORIZADO. EL AUTOR PUEDE AUTORIZAR SU OBRA, DE MANERA GRATUITA O REMUNERADA.
DE LA LEY 65-00:
Art. 21.- Los derechos de autor corresponden al autor durante su vida y a su cónyuge, herederos y causahabientes por setenta años contados a partir de la muerte de aquél. En caso de colaboración debidamente establecida, el término de setenta años comienza a correr a partir de la muerte del último coautor.
Si no hubiese cónyuge, herederos ni causahabientes del autor, la obra pasará al dominio público desde el fallecimiento de éste, DEL AUTOR. En los casos en que los derechos de autor fueren transmitidos por acto entre vivos, estos derechos corresponderán a los adquirientes durante la vida del autor y SETENTA años desde el fallecimiento de éste, y para los herederos, el resto del tiempo hasta completar los SETENTA años, sin perjuicio de lo que al respecto hubieren estipulado el autor de la obra y dichos adquirientes.
DESPUES DE SETENTA AÑOS LA OBRA PUEDE SER UTILIZADA SIN AUTORIZACION, SIN REMUNERACION, PERO RESPETANDO LOS DERECHOS MORALES, LA INTEGRIDAD DE SU AUTOR: NO SE PUEDE MODIFICAR LA MELODIA, LAS LETRAS, ETC.
no entiendo mucho de eso, pero este señor sabe lo que dice, pues siempre defiende a los autores.
ResponderEliminarEstoy contigo Maritza
ResponderEliminarMaritza y Amaya, desde siempre he estado interesado en hacer un trío. Para ver que tal con ustedes. Solo pongan el precio y avisenme en privado.
EliminarEl Kalembo
Dios mio, cuanta mierda!!!
ResponderEliminarDesde que una rebuzna la otra aulla !!!....disimulen manitas!!!....saludos a Maritza y Amaya.
ResponderEliminarDon Frantoni ya que usted no es un B... Seminal ni teoríquito barato y hasta ni importa si escribe to voceao en mayuscula, le puede usted decir a la sin par distancia y categoría si anthony ríos es autor de la canción " si entendieras"?
ResponderEliminarQue no es de anthonyyyy ah bueno. Dejen a Amaya tranquila que ya ella sabe que no es pero le falta humildad para admitir que se equivoco.
EliminarAh po ahora puedo usar "La Chiva Blanca De Don Andrés", esa pieza musical hace tiempo que la 'toy por grabal.
ResponderEliminarok utilice la palabra mal de conocimiento publico ahora bien un autor puede prohibir que utilicen su obra si el artista esta pagando sus derechos es a lo que me refiero, por este señor dice que va solicitar a maría diaz que no vuelva a tocar su tema, por dios esta canción tenia 15 años en el baúl de los recuerdo, ahora quiere que nadie la grave es eso que me refiero, y muchas gracias por edificarme.
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